Las sucesiones tienen un costo menor al que pensamos.
Los gastos y honorarios son proporcionales al patrimonio que se transmite. En sucediendo no pedimos adelanto por gastos iniciales. La tasa de justicia se paga al final del proceso, ya sea con la declaratoria de herederos o la inscripción del bien, y es de 2,42% en Provincia y 1,5% en Capital Federal estimado sobre la valuación fiscal o catastral, según el caso.
Los honorarios pueden pagarse cuando terminamos el proceso y de acuerdo a la regulación que estime el juez de la sucesión, o pueden pactarse por adelantado entre los profesionales y los clientes.
Como los honorarios regulados judicialmente son bastante elevados, nosotros preferimos realizar un convenio de honorarios mucho más moderado. El monto va a depender de la valuación y cantidad de bienes.
A modo orientativo, puede estimarse que los honorarios rondarán entre el 3% y el 5% del valor del patrimonio a heredar, dependiendo la cantidad de bienes y la complejidad de cada caso.